Abuelos Separados de sus nietos
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EL CALVARIO DE LOS ABUELOS PARA RELACIONARSE CON LOS NIETOS

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Mensaje  DOMINGO BOLAÑOS Jue Mayo 27, 2010 1:47 am

Soy padre de dos hijas que adoptamos cuando ya eran señoritas. Fue un error. Actualmente no mantenemos relación alguna con ellas. A medida que se hicieron mayores las relaciones se complicaron y acabaron yéndose de casa. La menor de las dos se quedó embarazada a los diecisiete años y tuvo una niña que, hoy día tiene 12 años y convive con nosotros en régimen de acogida. Después que se fue de casa tuvo otra niña con otra pareja con la que también rompió. Sin embargo, antes de ese momento, venía con la niña a ver a su primera hija, y nosotros pudimos relacionarnos con ella hasta que la niña tenía 6 años. Al romperse la pareja, y después de emplear todas las artimañas cicateras que nos podamos imaginar, el padre, con la inestimable ayuda de su propia madre, (abuela paterna) se quedó con la custodia de la niña. Hace aproximadamente cuatro años hablé con el susodicho y le planteé la posibilidad de llegar a un acuerdo para que la niña estuviera con nosotros al menos una vez al mes, a lo que se negó rotundamente. Así que tuvimos que presentar demanda de Juicio Verbal en solicitud de la fijación de un Régimen de Comunicación y Visitas para la pequeña, que implica especialmente la relación entre las dos hermanas. Para ello, hemos desembolsado una cantidad importante para pagar a los abogados y procurador. Hemos tenido que esperar tres largos años y medio para que el juicio se celebrara, merced a la actitud de mi hija que hizo lo posible para no ser notificada y la declararan en rebeldía. Celebrado el juicio, se dictó sentencia que nos concede cuatro horas de visita en sábados alternos. La sentencia ha sido recurrida por el padre de la niña. Tenemos la posibilidad de solicitar la ejecución de sentencia de forma provisional hasta que se resuelva dicho recurso. Pero, para hacer valer la sentencia, primero tengo que pagar la publicación de la sentencia, toda vez que mi hija fue declarada en rebeldía. Luego tengo que pagar nuevamente a mis abogados para que soliciten la ejecución de sentencia. Y otra vez, tengo que pagar a mis abogados y procurador para que contesten al recurso. En definitiva, por el hecho de querer ejercer el papel de abuelo, que tanta importancia dice la Ley que tenemos en el desarrollo afectivo de los nietos, primero hemos de pasar por un calvario, que además nos cuesta una fortuna que no todos pueden sufragar. Y yo me pregunto: ¿Qué intereses protege la Ley? ¿El de los nietos o el de los padres? Porque si protegen los de los padres, ¿Para qué carajo producen leyes que pretenden facilitar la relación de los abuelos con los nietos si luego hay que contar con los padres para que esa relación sea efectiva, siendo los padres los que se oponen a esa relación? Si lo que se pretende es proteger los intereses de los nietos, ¿por qué han de ser los abuelos los que tienen que hacer el esfuerzo económico, cuando son los padres los que tienen su custodia y por lo tanto, los que deben administrar esos intereses? Los abuelos son los que están designados a realizar una labor de cohesión y transmisión de valores en la familia. Es el agente de solidaridad por excelencia de la sociedad civil. Pueden “desempeñar un papel crucial para la estabilidad del menor. En este sentido, disponen de una autoridad moral y de una distancia con respecto a los problemas de la pareja que puede ayudar a los nietos a racionalizar situaciones de conflicto familiar, favoreciendo en este sentido su estabilidad y su desarrollo. Contrarrestar situaciones de hostilidad o enfrentamiento entre los progenitores y dotar al menor de referentes necesarios y seguros en su entorno son circunstancias que pueden neutralizar los efectos negativos y traumáticos.” como dice la Exposición de Motivos de la Ley 42/2003 de 21 de noviembre. ¿A quien pretenden engañar? Todo esta parafernalia solo sirve para llenar los bolsillos de los abogados y otras instancias, vgr. Boletines Oficiales.
En fin. Algo falla en la Ley o en los procedimientos. Es necesario dotar a estas leyes y a los procedimientos judiciales de un mecanismo que evite este tipo de injusticia. O modificar la Ley, anteponiendo los intereses de los menores a los de los padres. Mi propuesta es que los abuelos puedan dirigirse a una comisión de evaluación dependiente del Juzgado de Familia, para que les evalúe sobre la idoneidad de los abuelos como visitadores de la menor, y si ese dictamen es favorable, el juez conceda ese derecho de visitas de forma inmediata, y que luego sean los padres los que realicen la demanda de oposición, pero sin interrumpir dichas visitas.
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DOMINGO BOLAÑOS

Mensajes : 1
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EL CALVARIO DE LOS ABUELOS PARA RELACIONARSE CON LOS NIETOS Empty TOTALMENTE DE ACUERDO

Mensaje  Guadalupe De la Fuente Mar Jun 01, 2010 3:00 pm

Hola Domingo estoy totalmente de acuerdo contigo, no podría haberlo expresado mejor que tú. Esto es un negocio se mire como se mire, y por tanto un sin sentido
La semana pasada estuve en una subcomisión con un partido político precisamente argumentando lo mismo y por tanto un cambio en el código civil.
Si quieres puedes llamarme y cambiamos impresiones, a demás así puedo informarte de las modificaciones que estamos solicitando a los legisladores. Todas las ideas son buenas en este momento.
Un saludo

Guadalupe De la Fuente

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Fecha de inscripción : 03/11/2008

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